Aportar en una AFP podría proteger a tu familia y a ti a través de un importante beneficio del Sistema Privado de Pensiones: el Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio. Te contamos todo sobre la cobertura de seguro.

¿Tengo cobertura de seguro? Requisitos que necesitas cumplir

La cobertura del Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio depende de las siguientes condiciones:

  • Haber hecho un mínimo de 4 aportes mensuales durante los últimos 8 meses anteriores al siniestro.
  • Si tu lamentable fallecimiento se produce antes de que cumplas 8 meses en el Sistema Privado de Pensiones, pero se ubica entre el primer mes y fines del tercero, tendrías cobertura automática.
  • Podrías también contar con cobertura antes de los 8 meses si han pasado por lo menos 3 meses, siempre y cuando hayas efectuado el 50% de tus aportes, desde que te afiliaste.
  • En caso seas trabajador independiente, tus aportes deben haber sido realizados oportunamente; además, necesitan estar calculados sobre el sueldo mínimo vigente (S/930) o más.
  • El siniestro no debe estar dentro de las excepciones de cobertura.

¿En qué situaciones no se genera cobertura?

  • Participación en un conflicto bélico, sea declarado o no (guerra civil o internacional, terrorismo o motines).
  • Trabajos de alto riesgo, pues podrían requerir seguros complementarios.
  • Acciones voluntarias como alcoholismo, drogas o suicidio.
  • Contaminación radioactiva, fisión o fusión nuclear.
  • Enfermedades que ya tenías al momento de afiliarte al Sistema Privado de Pensiones.

Algunos detalles que debes considerar

  • El pago mensual de este seguro equivale al 1.70% de tu sueldo bruto y es uno de los tres componentes de tu aporte obligatorio.
  • Si bien el pago de la prima de seguro se calcula sobre tu sueldo, ten en cuenta que existe una remuneración máxima asegurable. Aquí encuentras sus actualizaciones.
  • En caso de fallecimiento, el monto máximo para cubrir los Gastos de Sepelio se actualiza cada 6 meses de acuerdo con el IPC. Acá puedes revisar el tope. Pero si no tienes cobertura, entonces se financiará con lo que tengas en tu fondo.
  • En caso de invalidez, esta deberá ser determinada por el Comité Médico de las AFP (COMAFP) o el Comité Médico de la Superintendencia (COMEC).
  • Si tu invalidez fue causada por alguna enfermedad terminal o cáncer, existe un beneficio enfocado en ese caso. Conoce más sobre ello en este enlace.

Para mayor información, te sugerimos leer la sección Invalidez y Sobrevivencia en nuestro sitio web.