Elige el Tipo de Fondo ideal para lograr tus objetivos
Tenemos cuatro alternativas de inversión en el Sistema Privado de Pensiones: los Fondos Tipo 0, 1, 2 y 3. Cada uno se diferencia por el nivel de riesgo asociado a las inversiones que realiza.
Este fondo presenta muy pocas variaciones de valor y es obligatorio para los afiliados que cumplan 65 años de edad hasta que opten por una pensión, salvo que soliciten, a través de Mi Habitat Digital, asignar su fondo al Tipo 1 o Tipo 2.
Busca proteger el capital acumulado frente a las fluctuaciones del mercado mientras el afiliado se encuentra en proceso de jubilación.
En Fondo Libre, puedes elegir el Fondo Tipo 0 sin restricción de edad.
Está orientado a personas que se encuentran próximas a pensionarse o a pensionistas que reciben una pensión en la AFP y buscan una menor exposición a las variaciones del mercado.
Es obligatorio para los afiliados que cumplan 60 años de edad, salvo que soliciten, a través de Mi Habitat Digital, asignar sus fondos al Tipo 0 o Tipo 2.
Combina distintos tipos de activos y mantiene un nivel de riesgo moderado. Está orientado a quienes buscan un equilibrio entre crecimiento del capital y exposición a las variaciones del mercado.
Tiene una mayor exposición a inversiones de mayor riesgo y, por ello, puede presentar mayores variaciones en su valor. Está orientado a un horizonte de inversión de largo plazo y cuenta con un mayor potencial de apreciación del capital.
Desliza la tabla hacia los lados para ver todos los fondos.
| Fuentes de ingreso |
Si al jubilarte contarás con ingresos adicionales a tu pensión, podrías tener una mayor capacidad para afrontar variaciones en el valor de tu fondo. Si tu pensión será tu principal fuente de ingreso, considera con especial atención el nivel de riesgo que estás dispuesto(a) a asumir. |
| Edad |
Si estás afiliado al sistema, el tipo de fondo disponible para tu fondo de pensión y aportes voluntarios con fin previsional dependerá de tu edad: si tienes más de 60 años, puedes elegir el Fondo Tipo 0, 1 o 2; y si tienes menos de 60 años, el Fondo Tipo 1, 2 o 3. |
| Perfil |
Personas de la misma edad, con un patrimonio e ingresos similares, pueden tener distinta tolerancia al riesgo al momento de invertir. Por eso, es importante considerar cuánto riesgo estás dispuesto(a) a asumir al elegir un tipo de fondo. |
El valor cuota es la unidad en la que se expresa el valor de cada fondo. Este valor puede variar diariamente de acuerdo con el comportamiento de las inversiones que componen el fondo.
Cada vez que realizas un aporte, este se convierte en cuotas del fondo en el que te encuentras. Como el valor cuota cambia diariamente, también puede variar el valor de tu fondo en el tiempo.
Cuando solicitas el cálculo de tu pensión, se considera el valor de las cuotas que tienes acumuladas en el fondo correspondiente, de acuerdo con el valor cuota aplicable en ese momento.
Ingresa a Mi Habitat Digital con tu número de documento y clave web. Si aún no tienes una clave web, puedes generarla aquí.
Selecciona la opción “Valores cuota”.
Te ayudamos a identificar con mayor precisión cuál de los fondos se adapta mejor a ti, a través de un pequeño test de 4 preguntas.
Renta fija: Instrumento financiero de bajo riesgo que es invertido por un periodo de tiempo determinado. Por ejemplo, bonos emitidos por empresas o el Gobierno.
Renta variable: Está asociada a los movimientos financieros que se realizan en los mercados más volatiles, por ejemplo en una bolsa de valores. Por ello presenta mayores riesgos.
Alternativo: Son activos no tradicionales, es decir, distintos a las acciones y los bonos. Algunos ejemplos son las inversiones en bienes inmuebles, materias primas, deuda privada, capital privado, entre otros.
Tienes dos opciones para realizar tu cambio de fondo:
Ingresa a Mi Habitat Digital y selecciona la opción Mis Fondos / Cambio de fondo.
Puedes acercarte a nuestra agencia con tu documento de identidad.
Una vez afiliado al SPP, podrás realizar tu primer cambio de Tipo de Fondo a partir del segundo mes de aporte.
Luego, podrás solicitar un nuevo cambio de Tipo de Fondo a partir del segundo mes desde la fecha de tu última solicitud.
El cambio de fondo se hará efectivo el sexto día útil del mes siguiente de la solicitud, es decir, en un aproximado de 30 días, siempre y cuando haya sido aprobado.
De acuerdo con la nueva Ley de Reforma de Pensiones, desde el 1 de enero de 2026, las ganancias que se generen por los aportes voluntarios sin fines previsionales (AVSFP) de los afiliados no estarán sujetas al pago de impuesto a la renta.

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