La construcción de tu futuro está en tus manos, ahorra desde hoy para que te jubiles del trabajo y no de tus sueños.
Se trata de los aportes que debes realizar a lo largo de tu etapa laboral a tu fondo de pensión, con el objetivo de generar ahorros, los cuales se invierten para obtener rentabilidad a largo plazo en el Tipo de Fondo de tu elección. Tu fondo de pensión te servirá como fuente de ingreso cuando te jubiles.
Este aporte es obligatorio para todos los trabajadores dependientes registrados en planilla de una empresa y se realiza cada mes sobre un porcentaje de tu remuneración mensual.
Recuerda que tú construyes tu futura pensión. Mientras más aportes, mayor será tu pensión.
El servicio de administrar e invertir los fondos de pensión tiene un costo, al cuál nos referimos como comisión y existen dos tipos:
Comisión Mixta: Se compone de dos tasas, una tasa mensual sobre la remuneración y una segunda tasa anual sobre el fondo acumulado.
Comisión sobre Flujo: Se compone de una sola tasa mensual sobre tu remuneración.
Los colaboradores dependientes o independientes que decidan afiliarse al Sistema Privado de Pensiones (SPP) por primera vez, deberán ingresar obligatoriamente a la AFP ganadora de la licitación por los nuevos ingresos al sistema, desde el 01 de junio de 2023, con un plazo mínimo de permanencia de 24 meses contados a partir de la fecha de su afiliación. Al cumplir los dos años obligatorios, puedes decidir cambiarte a otra AFP.
Puedes cambiarte de AFP a los 6 meses; es decir antes del plazo obligatorio, solo si:
Puedes cambiarte de manera muy sencilla y 100% digital con 3 simples pasos desde tu computadora o celular:
Listo, ¡es tan ágil y rápido como tomarte un selfie! No necesitas descargar ninguna aplicación, escanear documentos ni mandar correos electrónicos.
Si prefieres realizar tu traspaso de manera presencial, te esperamos en nuestras agencias a nivel nacional, en donde una asesora te ayudará con el proceso.
Vía presencial:
Si prefieres realizar tu traspaso de manera presencial, te esperamos en nuestras agencias a nivel nacional, en donde una asesora te ayudará con el proceso.
¿Y cuándo se concretaría el cambio?
El plazo varía dependiendo del momento del mes en el que hayas hecho tu solicitud.
Si la realizaste tu solicitud desde el 1 al 23 del mes:
Mes Z | Mes Z+1 | Mes Z+2 |
Suscripción de la solicitud | Primer mes de Devengue | Transferencia de Fondos |
Si la presentaste después del día 23 del mes:
Mes Z | Mes Z+1 | Mes Z+2 | Mes Z+3 |
Suscripción de la solicitud | Primer mes de Devengue | Transferencia de Fondos |
Ingresa aquí para darle seguimiento a tu solicitud de traspaso.
¿Y cuáles son las comisiones de AFP Habitat?
Compara nuestras comisiones con la competencia en el siguiente cuadro:
AFP | Comisión sobre Flujo | Comisión Mixta | Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio* | |
Comisión mensual por flujo | Comisión anual por saldo | |||
Habitat | 1.47% | 0.00% | 1.25% | 1.70% |
Integra | 1.55% | 0.00% | 0.78% | 1.70% |
Prima | 1.60% | 0.00% | 1.25% | 1.70% |
Profuturo | 1.69% | 0.00% | 1.20% | 1.70% |
Aplica para trabajadores independientes y dependientes que aportan sobre una tasa del 10%. Fuente: SBS www.sbs.gob.pe
¡Tenemos la comisión sobre flujo más baja del mercado! Es decir, con nosotros tu sueldo tendrá menor descuento a fin de mes.
Como trabajador dependiente, los aportes a tu fondo de pensión son responsabilidad de tu empleador, quien retiene tu aporte sobre tu remuneración mensual y lo abona en tu cuenta personal de tu AFP.
La retención por concepto de AFP la puedes visualizar en tu boleta de pago de la empresa donde trabajas. Recuerda que este documento valida la retención pero no valida el aporte en tu cuenta personal de AFP. Para validar que tu aporte se haya abonado en tu AFP debes verificar siempre tu Estado de Cuenta.