La construcción de tu futuro está en tus manos, ahorra desde hoy para que te jubiles del trabajo y no de tus sueños.
Se trata de los aportes que debes realizar a lo largo de tu etapa laboral a tu fondo de pensión, con el objetivo de generar ahorros, los cuales se invierten para obtener rentabilidad a largo plazo en el Tipo de Fondo de tu elección. Tu fondo de pensión te servirá como fuente de ingreso cuando te jubiles.
Este aporte es obligatorio para todos los trabajadores dependientes registrados en planilla de una empresa y se realiza cada mes sobre un porcentaje de tu remuneración mensual.
Recuerda que tú construyes tu futura pensión. Mientras más aportes, mayor será tu pensión.
El servicio de administrar e invertir los fondos de pensión tiene un costo, al cuál nos referimos como comisión y existen dos tipos:
AFP | Comisión sobre Flujo | Comisión Mixta* | |
Tasa mensual ( %) | Tasa mensual (%) | Tasa anual (%) | |
Habitat | 1.47 | 0.23 | 1.25 |
Prima | 1.60 | 0.18 | 1.25 |
Integra | 1.55 | 0.00 | 0.82 |
Profuturo | 1.69 | 0.28 | 1.20 |
Los colaboradores dependientes o independientes que decidan afiliarse al Sistema Privado de Pensiones (SPP) por primera vez, deberán ingresar obligatoriamente a la AFP ganadora de la licitación por los nuevos ingresos al sistema, desde el 01 de junio de 2019, con un plazo mínimo de permanencia de 24 meses contados a partir de la fecha de su afiliación. Al cumplir los dos años obligatorios, puedes decidir cambiarte a otra AFP.
Puedes cambiarte de AFP a los 6 meses; es decir antes del plazo obligatorio, solo si:
¿Como se solicita el traspaso a otra AFP?
Existen 2 opciones para poder realizar tu traspaso:
Por la página web
Ingresa a la sección "Cámbiate a Habitat" y completa el formulario para inciar la solicitud, posteriormente un asesor se comunicará contigo.Medio Remoto
Otra opción es solcitar tu Clave Privada de Seguridad en la AFP en que te encuentras actualmente afiliado. Una vez que tenga la clave, debes completar el formulario de traspaso en nuestra página web.
Comisiones del sistema Privado de Pensiones
AFP | Comisión sobre Flujo | Comisión Mixta | Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio* | |
Comisión mensual por flujo | Comisión anual oir saldo | |||
Habitat | 1.47% | 0.23% | 1.25% | 1.74% |
Integra | 1.55% | 0.00% | 0.79% | 1.74% |
Prima | 1.60% | 0.18% | 1.25% | 1.74% |
Profuturo | 1.69% | 0.28% | 1.20% | 1.74% |
Aplica para trabajadores independientes y dependientes que aportan sobre una tasa del 10%
Fuente: SBS www.sbs.gob.pe
Plazos para que se haga efectivo el traspaso
Para los que ralizaron la solicitud los días 1 al 23 del mes:
Mes Z | Mes Z+1 | Mes Z+2 |
Suscripción de la solicitud | Primer mes de Devengue | Transferencia de Fondos |
Para aquellas solicitudes suscritas después del día 23 del mes:
Mes Z | Mes Z+1 | Mes Z+2 | Mes Z+3 |
Suscripción de la solicitud | Primer mes de Devengue | Transferencia de Fondos |
Como trabajador dependiente, los aportes a tu fondo de pensión son responsabilidad de tu empleador, quien retiene tu aporte sobre tu remuneración mensual y lo abona en tu cuenta personal de tu AFP.
La retención por concepto de AFP la puedes visualizar en tu boleta de pago de la empresa donde trabajas. Recuerda que este documento valida la retención pero no valida el aporte en tu cuenta personal de AFP. Para validar que tu aporte se haya abonado en tu AFP debes verificar siempre tu Estado de Cuenta.