Tu fondo de pensión te acompañará donde vayas
Ponemos a tu disposición la atención de nuestra agencia virtual, siguiendo estos pasos:
Para mayor información, te invitamos a contactarnos a través de nuestros canales de atención.
Afiliados peruanos | Afiliados extranjeros |
Estar afiliado a una Entidad o Institución Previsional en el exterior que pertenezca a un Sistema Previsional de carácter obligatorio que brinde protección contra los riesgos de vejez o jubilación. |
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Haber concluido el vínculo laboral en Perú. | |
Registrar un mínimo de 60 meses de aportaciones a un Sistema Previsional en el exterior, con posterioridad a su salida del Perú, o | Un mínimo de 36 meses de aportaciones con anterioridad o posterioridad a su salida de Perú, o |
Contar con edad suficiente para acceder a una pensión por jubilación en la institución de destino. | Contar con edad suficiente para acceder a una pensión por jubilación en la institución de destino. |
Tener condición de residente permanente en el país de destino u otra que acredite su permanencia definitiva en el país de destino. | Contar con autorización de Salida Definitiva del país y cancelación de visa de residente o documentación que acredite su salida del Perú de manera definitiva. Existen casuísticas que no requieren la autorización de la Salida definitiva. Puede verificarlo en la sección: ¿Qué documentos debo presentar? – Afiliado extranjero. |
Puede que se generen ganancias o pérdidas por la variación del valor cuota durante el tiempo del trámite.
Recuerda: Para iniciar este trámite debes contar con el historial previsional mínimo requerido en el país de destino. De no cumplir con este requisito al momento de solicitar la transferencia, no pierdes tu fondo. Tienes la posibilidad de generarlo y volver a solicitar tu fondo cuando cumplas con el tiempo requerido para el trámite.
Documentos a presentar (Afiliado peruano)
Para mayor información sobre las formalidades con las que deben contar los documentos emitidos en el extranjero, revisar el apartado Documentos Emitidos en el Exterior.
Documentos a presentar (Afiliado extranjero)
Si el trámite de TFE se ejecutará a través de un representante o apoderado, se deberá presentar un Poder Especial (con la indicación expresa que es otorgado para realizar trámite de TFE ante AFP Habitat); teniendo en consideración que el tipo de Poder a presentar depende de la cuantía del fondo a transferir:
RANGO EN SOLES | PODER A UTILIZAR |
Hasta media UIT | PODER POR CARTA CON FIRMA LEGALIZADA |
Desde 1/2 UIT a 3 UIT | PODER FUERA DE REGISTRO |
3 UIT en adelante | PODER POR ESCRITURA PÚBLICA |
En caso de trámite por Poder por Escritura Pública, se deberá adjuntar de manera adicional lo siguiente:
NOTA: El apoderado deberá entregar la copia legalizada de su documento de identidad: Carné de Extranjería (vigente), Pasaporte (vigente) o DNI adjunto a cualquier tipo de Poder (Simple, Fuera de Registro o Por Escritura Pública).
Todo documento emitido en el exterior (a excepción de documentos bancarios), además de contar con firma y sello de la entidad que lo emite, debe ser legalizado, teniendo las siguientes opciones:
Todos los documentos emitidos en idioma extranjero deberán ser traducidos al español.
Las traducciones al castellano, realizadas por un Traductor Público Juramentado, no será necesario que sea legalizado posteriormente por el Ministerio de Relaciones exteriores siempre y cuando, el documento original, cuente con las certificaciones correspondientes (legalizaciones y/o apostillas).
Si el afiliado realizó aportaciones simultáneas por los mismos períodos, durante su estadía en Perú, tanto a una Entidad Previsional del Sistema Privado de Pensiones y a una Entidad Previsional, bajo la administración de cuentas individuales de capitalización de un Sistema Previsional del Exterior y, esta última entidad no emite el documento indicando que no recibe los fondos provenientes del Perú; el afiliado tiene la opción de retirar los aportes realizados en Perú correspondientes a los mismos periodos aportados en el extranjero. Para ello, se deberá presentar de manera adicional:
Si Entidad Previsional del Exterior es de tipo CIC y no acepta fondos provenientes del exterior, se deberá presentar constancia original emitida por dicha Entidad Previsional indicando expresamente que, de acuerdo a su normativa vigente, no es posible recibir fondos provenientes del exterior. Además, la constancia debe contar con las legalizaciones correspondientes
La solicitud de transferencia de fondos previsionales debe ser presentada en el país de destino de los fondos, es decir, el país al cual se trasladarán los fondos previsionales y donde el afiliado va a residir o reside de modo permanente.
Requisitos
Documentos a presentar
Perú como país de destino de fondos
Perú como país de origen de fondos