Transferencia de Fondos al Exterior

Tu fondo de pensión te acompañará donde vayas

  • ¿Cómo realizo el trámite?

    Por tu seguridad y bienestar en esta coyuntura actual, se ha suspendido la atención presencial en nuestras agencias a nivel nacional hasta nuevo aviso, por ello ponemos a tu disposición la atención de nuestra agencia virtual, realizando los siguientes pasos:

    1. Envía tus documentos escaneados a nuestra agencia virtual a través del correo electrónico: miagenciavirtual@afphabitat.com.pe para realizar una PREVALIDACIÓN de la procedencia de tus documentos, Se le brindará una respuesta dentro del plazo de los 4 días útiles contados a partir del día siguiente del envío de los documentos completos.
    2. Te responderemos vía correo electrónico la conformidad de la PREVALIDACIÓN de tus documentos; o de ser el caso las observaciones. Así también, te enviaremos los formatos requeridos para que los completes y puedas firmarlos.
    3. De estar conforme toda la documentación, se te informará por correo electrónico cómo nos harás llegar tus documentos originales para iniciar el proceso de transferencia del fondo al exterior.
    4. AFP Habitat tiene un plazo de 15 días útiles para la evaluación del área correspondiente a fin de poder realizar la transferencia hacia la institución previsional del exterior o cuenta bancaria del afiliado.

    *Por medidas de seguridad actualmente no se atenderán solicitudes de transferencia de fondos al exterior con CARTA PODER. Para mayor información te invitamos a contactarnos a través de nuestros canales de atención

     

    ¿Cuáles son los requisitos para iniciar el trámite?

    Afiliados peruanos Afiliados extranjeros

    Estar afiliado a una Entidad o Institución Previsional en el exterior que pertenezca a un Sistema Previsional de carácter obligatorio que brinde protección contra los riesgos de vejez o jubilación.

    Haber concluido el vínculo laboral en Perú.
    Registrar un mínimo de 60 meses de aportaciones a un Sistema Previsional en el exterior, con posterioridad a su salida del Perú, o Un mínimo de 36 meses de aportaciones con anterioridad o posterioridad a su salida de Perú, o
    Contar con edad suficiente para acceder a una pensión por jubilación en la institución de destino. Contar con edad suficiente para acceder a una pensión por jubilación en la institución de destino.
    Tener condición de residente permanente en el país de destino u otra que acredite su permanencia definitiva en el país de destino. Contar con autorización de Salida Definitiva del país y cancelación de visa de residente o documentación que acredite su salida del Perú de manera definitiva. Existen casuísticas que no requieren la autorización de la Salida definitiva. Puede verificarlo en la sección: ¿Qué documentos debo presentar? – Afiliado extranjero.

    ¿Pierdo dinero de mi fondo al transferirlo?

    Puede que se generen ganancias o pérdidas por la variación del valor cuota durante el tiempo del trámite.

    Recuerda: Para iniciar este trámite debes contar con el historial previsional mínimo requerido en el país de destino. De no cumplir con este requisito al momento de solicitar la transferencia, no pierdes tu fondo. Tienes la posibilidad de generarlo y volver a solicitar tu fondo cuando cumplas con el tiempo requerido para el trámite.

    ¿Qué documentos debo presentar? - Afiliado peruano

    Documentos a presentar (Afiliado peruano)

    • Solicitud de Transferencia de Fondos al Exterior, puedes descargarla aquí.
    • Certificado de Trabajo emitido por su último empleador en Perú (Trabajador dependiente), original o copia legalizada.
    • Certificado de rentas y retenciones emitido por el Agente de retención respectivo, correspondiente al último año en que realizó actividades como trabajador independiente. (original o copia legalizada)
    • Copia legalizada de Documento de Identidad.
    • Copia legalizada de Documento de identidad del representante, de ser el caso.
    • Afiliado sin edad suficiente para acceder a una pensión:
      • Constancia de Entidad o Institución Previsional de carácter obligatorio del exterior que evidencie: sesenta (60) meses de aportación como mínimo con posterioridad a su salida de Perú. (Apostillada o Legalizada)
      • Constancia o certificación de la Institución Previsional extranjera de carácter obligatorio que acredite que pertenece a un sistema previsional que brinda protección contra los riesgos de vejez o jubilación o, en su defecto podrá adjuntar copia de otros documentos que sustenten la cobertura ante los referidos riesgos en el sistema previsional del país de destino. (Apostillada o Legalizada)
    • Afiliado con edad suficiente para acceder a una pensión:
      • Comunicación de la Entidad Previsional extranjera de carácter obligatorio en el que se señale expresamente que cuenta con los requisitos para acceder a un beneficio por jubilación o vejez en el sistema previsional del país de destino. (Apostillada o Legalizada).
    • Acreditar actividad laboral en el exterior como:
      • Trabajador dependiente a través de copia legalizada del contrato de trabajo. (Apostillada o Legalizada)
      • Trabajador independiente a través de documento expedido por una autoridad competente del país de destino. (Apostillada o Legalizada)
    • Certificación expedida por el organismo estatal competente del exterior en el que se acredite que el afiliado cuenta con visa de residente en el país de destino. (Apostillada o Legalizada)
    • Documento de banco al cual se realizará abono que contenga los datos siguientes: nombre de titular, número de cuenta y códigos interbancarios. El afiliado debe ser el único titular de la cuenta, en ningún caso se aceptarán cuentas mancomunadas.

    Para mayor información sobre las formalidades con las que deben contar los documentos emitidos en el extranjero, revisar el apartado Documentos Emitidos en el Exterior.

    ¿Qué documentos debo presentar? - Afiliado extranjero

    Documentos a presentar (Afiliado extranjero)

    • Solicitud de Transferencia de Fondos al Exterior, puedes descargarla aquí.
    • Certificado de Trabajo de último empleador en el Perú -original o copia legalizada- en donde se verifique la fecha de cese laboral (trabajador dependiente)
    • Certificado de Rentas y Retenciones correspondiente al último año de labores como independiente en Perú (trabajador independiente) Este certificado se obtiene en el portal web de SUNAT
    • Copia legalizada de Documento de Identidad (Carnet de Extranjería o Pasaporte).
    • En caso existan diferencias sustanciales en los nombres del titular de la documentación presentada (debido a cambio de nombre, matrimonio u otros), deberá adjuntar adicionalmente un certificado de identidad y nombres o una Declaración Jurada de identidad y nombres con firma legalizada ante notario en Perú; en este último supuesto, deberá anexar a su DJ la copia legalizada de los documentos que lo identifiquen.
    • Original o Copia legalizada del documento que autoriza la salida definitiva del país del afiliado y dispone la cancelación de su visa de residente. No presentará este documento si:
      • Esta casado(a) con ciudadano(a) peruano(a). Deberá presentar su acta de matrimonio civil con antigüedad no mayor a 6 meses de emisión además de una Declaración Jurada (proporcionada por AFP HABITAT) con firma legalizada.
      • Si tiene doble nacionalidad y una de ellas es peruana.  Deberá presentar la copia legalizada de su DNI peruana además de su pasaporte extranjero.
    • Constancia de Entidad o Institución Previsional del exterior de carácter obligatorio que evidencie treinta y seis (36) meses de aportación a un sistema previsional con anterioridad o posterioridad a su salida de Perú, o, constancia que evidencie que cuenta con la edad suficiente para acceder a una pensión por jubilación o vejez en el Sistema Previsional del país de destino.
      • Para los casos de afiliados Australianos se requiere contar con la carta emitida por el APRA (Australian Prudential Regulation Authority) indicando que la Superannuation en donde el afiliado realizó sus aportes, se encuentra regulada por dicha entidad.
      • Para los casos de afiliados que han aportado a Entidades que Administren fondos bajo la modalidad de Cuentas Individuales (AFP) se requiere la carta de dicha entidad indicando que no reciben fondos provenientes del exterior.
      • La documentación proveniente del extranjero debe encontrarse debidamente apostillada o legalizada. Para mayor información sobre las formalidades con las que deben contar los documentos emitidos en el extranjero, revisar el apartado Documentos Emitidos en el Exterior.
    • Documento del banco al cual se realizará el abono conteniendo los datos siguientes: nombre de titular, número de cuenta y códigos interbancarios. El afiliado debe ser el único titular de la cuenta, en ningún caso se aceptarán cuentas mancomunadas.

    Trámite por Poder

    Si el trámite de TFE se ejecutará a través de un representante o apoderado, se deberá presentar un Poder Especial (con la indicación expresa que es otorgado para realizar trámite de TFE ante AFP Habitat); teniendo en consideración que el tipo de Poder a presentar depende de la cuantía del fondo a transferir:

    RANGO EN SOLES PODER A UTILIZAR
    Hasta media UIT PODER POR CARTA CON FIRMA LEGALIZADA
    Desde 1/2 UIT a 3 UIT PODER FUERA DE REGISTRO
    3 UIT en adelante PODER POR ESCRITURA PÚBLICA

     En caso de trámite por Poder por Escritura Pública, se deberá adjuntar de manera adicional lo siguiente:

    • Testimonio.
    • Constancia de Inscripción en SUNARP.
    • Vigencia de Poder (física -original o electrónica, con una antigüedad no mayor a 3 meses). Este documento no será requerido si la inscripción se realizó dentro de los 7 días útiles previos a su presentación en AFP Habitat. Se recomienda tramitar este documento una vez que se cuente con toda la documentación restante.

    NOTA:  El apoderado deberá entregar la copia legalizada de su documento de identidad: Carné de Extranjería (vigente), Pasaporte (vigente) o DNI adjunto a cualquier tipo de Poder (Simple, Fuera de Registro o Por Escritura Pública).

    Documentos emitidos en el exterior

    Todo documento emitido en el exterior (a excepción de documentos bancarios), además de contar con firma y sello de la entidad que lo emite, debe ser legalizado, teniendo las siguientes opciones:

    • Por el Consulado Peruano en el extranjero y visado luego por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú.
    • Por el Consulado Extranjero en el Perú y visado luego por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú.
    • Apostillar el documento.
    • Ten en cuenta que estas legalizaciones no deben tener una antigüedad mayor a seis (06) meses. La apostilla del documento emitido por la entidad previsional extranjera no debe tener una antigüedad mayor a un (01) año.

    Documentos en idioma distinto al español

    Todos los documentos emitidos en idioma extranjero deberán ser traducidos al español.

    • Las traducciones al castellano, realizadas por un Traductor Público Juramentado, no será necesario que sea legalizado posteriormente por el Ministerio de Relaciones exteriores siempre y cuando, el documento original, cuente con las certificaciones correspondientes (legalizaciones y/o apostillas).

    • En caso se trate de una Traducción Certificada del Colegio de Traductores, deberá verificarse que se identifica correctamente a la persona que realiza la traducción, debiendo indicarse el correspondiente Nro. De CTP, el cual se validará con el Colegio de Traductores.”

    Doble aportación

    • Si el afiliado realizó aportaciones simultáneas por los mismos períodos, durante su estadía en Perú, tanto a una Entidad Previsional del Sistema Privado de Pensiones y a una Entidad Previsional, bajo la administración de cuentas individuales de capitalización de un Sistema Previsional del Exterior y, esta última entidad no emite el documento indicando que no recibe los fondos provenientes del Perú; el afiliado tiene la opción de retirar los aportes realizados en Perú correspondientes a los mismos periodos aportados en el extranjero. Para ello, se deberá presentar de manera adicional:

      • Estado de Cuenta detallado de la Entidad Previsional del Exterior donde se evidencien los aportes realizados en los mismos periodos y concepto (aporte obligatorio) a los que haya realizado en Perú.

     

    ¿Si la Entidad Previsional del Exterior es de tipo de Cuenta Individual?

    Si Entidad Previsional del Exterior es de tipo CIC y no acepta fondos provenientes del exterior, se deberá presentar constancia original emitida por dicha Entidad Previsional indicando expresamente que, de acuerdo a su normativa vigente, no es posible recibir fondos provenientes del exterior. Además, la constancia debe contar con las legalizaciones correspondientes

    Transferencia de fondos previsionales entre Chile y Perú

    La solicitud de transferencia de fondos previsionales debe ser presentada en el país de destino de los fondos, es decir, el país al cual se trasladarán los fondos previsionales y donde el afiliado va a residir o reside de modo permanente.

    Requisitos

    • Contar con sesenta (60) meses de cotizaciones o tener la calidad de pensionado en Perú o Chile.  Este requisito debe cumplirse en el país de destino de los fondos
    • No contar con cotizaciones obligatorias pagadas correspondientes al mismo mes en que se suscribe la solicitud de Transferencia de Fondos o en algún mes posterior o dentro de los tres (3) meses anteriores a la Solicitud en el país de origen de los fondos.
    • Si el destino de los fondos será Perú la solicitud se presenta en AFP Habitat. Si el destino de los fondos será Chile la solicitud deberá presentarla en su AFP chilena.

    Documentos a presentar

    Perú como país de destino de fondos

    • El trámite se iniciará en AFP Habitat Perú, debiendo presentarse los siguientes documentos:
    • Solicitud de Transferencia de Fondos (Anexo 1 proporcionado por la AFP)
    • “Certificado de Afiliación al Sistema de Capitalización Individual” emitido por la Administradora de Fondos de Pensiones del país de destino de los fondos, bajo el formato del Anexo 2 proporcionado por la AFP.
    • Documento de identidad o pasaporte.
    • Documento que acredite permanencia definitiva en el  país de destino.
    • Copia simple de la constancia de afiliación emitida por la AFP chilena.
    • Copia simple de la cartola histórica de cotizaciones realizadas en la AFP chilena.

    Perú como país de origen de fondos

    • Si deseas transferir tus aportes realizados en Perú a tu AFP en Chile, consulta con tu AFP chilena a fin de obtener mayor información.
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