¿Te encuentras actualmente sin trabajo? ¿Dejaste de trabajar bajo planilla y ahora laboras de manera independiente? En cualquiera de estos casos, es normal preguntarse qué pasará con tu fondo de jubilación si dejas de realizar aportes a tu AFP. A continuación, te lo explicamos.

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¡No te preocupes! No hay penalidades por dejar de hacer aportes a tu AFP

Si ya no estás en planilla, ya sea por desempleo o porque ahora trabajas de forma independiente, no recibirás ninguna penalidad, mora ni multa por dejar de aportar. Además, tu fondo seguirá siendo administrado e invertido por tu AFP, con el objetivo de generar rentabilidad para tu jubilación.

¿La AFP seguirá cobrando comisión si ya no estás aportando?

Aunque no estés realizando aportes, la AFP continuará administrando tu fondo. El cobro dependerá del tipo de comisión en el que te encuentres:

  • Comisión sobre flujo (descuento sobre el sueldo mensual): no se cobrará mientras estés desempleado(a), ya que no estás percibiendo una remuneración bajo planilla.
  • Comisión sobre saldo (descuento sobre el fondo acumulado): sí se continuará cobrando, independientemente de tu situación laboral, porque esta comisión se calcula sobre el fondo y no sobre tu sueldo.

Lo que debes tener en cuenta

Aunque no existen multas ni intereses por dejar de aportar, sí pueden presentarse los siguientes efectos:

  • Podrías perder la cobertura del Seguro de Invalidez, Sobrevivencia y Gastos de Sepelio, ya que para mantenerla debes haber realizado al menos cuatro aportes en los ocho meses previos a un siniestro.
  • Tu futura pensión podría ser menor que tu Pensión Objetivo o que la que hubieras alcanzado si continuabas aportando, ya que la frecuencia y constancia de los aportes influyen directamente en el crecimiento del fondo.

Por ello, si está dentro de tus posibilidades, puedes continuar aportando mediante aportes voluntarios con fin previsional o como trabajador(a) independiente.

¿Qué son los aportes voluntarios con fin previsional?

  • Son aportes que realizas por tu cuenta con el objetivo de complementar tu fondo de jubilación y mejorar el monto de tu futura pensión.
  • Puedes aportar el monto que desees y cuando lo consideres conveniente, ya que no existen montos mínimos.
  • Generan rentabilidad según el tipo de fondo que elijas, de manera similar a los aportes obligatorios.
  • Son inembargables, al igual que tus aportes obligatorios.
  • Las inversiones que realices en Fondo Libre Habitat (aportes voluntarios sin fin previsional) pueden convertirse posteriormente en aportes con fin previsional, si así lo decides.
  • Si aportas como trabajador(a) independiente, el monto voluntario con fin previsional no puede superar el monto correspondiente a tus aportes obligatorios.
  • Este tipo de aportes tiene una comisión de administración.

Si decides realizar aportes voluntarios o vuelves a trabajar en planilla, recuerda que AFP Habitat lidera la rentabilidad acumulada a 11 años, periodo en el que hemos competido en el mercado peruano.

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¿Y si estás desempleado(a) pero tienes más de 50 años?

Si eres mujer desde los 50 años o hombre desde los 55 años y llevas al menos 12 meses consecutivos sin empleo, podrías acceder a la Jubilación Anticipada por Desempleo, siempre que seas menor de 65 años.

Si ya cumpliste 65 años, puedes solicitar tu Jubilación Legal de manera 100% online desde Mi Habitat Digital, la plataforma exclusiva para afiliados de AFP Habitat.

Con esta información, esperamos que tengas mayor claridad y puedas tomar decisiones informadas respecto a tu fondo de jubilación.

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