Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA)
Jubilación a la que se puede acceder antes de los 65 años por motivos de desempleo, siempre y cuando se cumplan algunas condiciones.
Requisitos
- Mujeres y hombres a partir de 50 años y menores de 65 años.
- Estar desempleado(a) durante 12 meses o más, de manera consecutiva y anterior al mes de presentación de la solicitud
- En caso hubiera percibido rentas de cuarta categoría en los 12 meses previos a la solicitud, el valor total de dichos ingresos debe ser menor o igual a siete 7 UIT (valor de la UIT vigente a la fecha).
Documentos para la evaluación de acceso al REJA
- Documento de identidad.
- Declaración Jurada de Situación de Desempleo debidamente llenada y firmada (disponible en las agencias de atención).
- En caso de tener RUC, presentar Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría [1] emitido por Sunat, no mayor a 30 días calendarios.
Documentos para trámite de pensión
- Solicitud de Pensión de Jubilación debidamente llenada y firmada.
- Documento de identidad.
- Documentación sustentatoria que acredite la condición de los potenciales beneficiarios del afiliado.
¿Cómo está compuesta la pensión?
- Los aportes obligatorios más la rentabilidad que hayan generado.
- Los aportes voluntarios con fin previsional más la rentabilidad que se haya obtenido.
- Bono de Reconocimiento si se accede a alguno. Este se hará efectivo dos años después de su acogimiento o al cumplir 65 años, lo que ocurra primero, incluso si los fondos de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC) se hayan agotado antes.
Canales de atención:
Puedes iniciar este trámite vía: