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Como trabajador dependiente, durante tu etapa laboral se destina un porcentaje de tu sueldo para tu futura pensión como jubilado. En ese sentido, nuestro trabajo como AFP es invertir esos ahorros para que generen rentabilidad a favor tuyo.

Las pensiones que recibirás en tu retiro saldrán directamente del fondo (tus aportes + rentabilidad acumulada) que construyas a lo largo de los años.

Existen varios tipos de jubilación que se clasifican principalmente por la edad, condiciones físicas o de salud del afiliado. Te explicamos algunas de ellas.

1. Jubilación por edad legal

  • Se le otorga al trabajador desde que cumple los 65 años de edad.
  • El afiliado puede seguir trabajando después de jubilado sin la obligación de aportar en la AFP.
  • El fondo de la pensión depende de los aportes realizados a la AFP en el periodo que laboró, así como de sus ganancias obtenidas (rentabilidad).
  • Si el afiliado sigue aportando como trabajador dependiente o independiente tras jubilarse, esos montos no generarán cobertura previsional para los riesgos de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, ya que dichos aportes (obligatorios) le serán devueltos.

Conoce aquí mayores detalles de esta jubilación y los documentos a presentar.

2. Jubilación anticipada ordinaria (JAO)

  • Para hombres y mujeres desde los 50 años, con fondo acumulado suficiente para recibir una pensión igual o mayor al 40% del promedio de su salario obtenido en los últimos 10 años (120 meses), anteriores a la fecha de solicitud de jubilación.
  • El afiliado debe tener aportes durante al menos 72 meses, de acuerdo a sus remuneraciones o rentas declaradas de los últimos 120 meses, anteriores al mes donde se solicitó esta jubilación.

Puedes conocer más, aquí.

3. Jubilación anticipada para trabajadores de labores de riesgo

  • Para menores de 65 años, cuyo trabajo pone en riesgo su vida.
  • Labores de alto riesgo son: extracción minera subterránea; extracción minera a tajo abierto; centros de producción minera; metalúrgicos y siderúrgicos; profesionales expuestos a riesgo de toxicidad, insalubridad y peligro; actividades de construcción civil.
  • Para acceder a la jubilación anticipada para trabajadores de labores de riesgo, hay que considerar la modalidad según distintos regímenes que puedes ver aquí: Sección de Jubilación Anticipada para trabajadores de labores de riesgo.

4. Jubilación por enfermedad terminal o Cáncer 

  • Para quienes tienen un dictamen del Comité Médico de las AFP (COMAFP) o Comité Médico de la Superintendencia (COMEC) que determina una enfermedad terminal.
  • No aplica si el certificado médico señala únicamente condición de invalidez y no enfermedad terminal.
  • Puedes retirar hasta el 50% de tus fondos, si no cuentas con beneficiarios.

5Régimen de jubilación anticipada por desempleo (REJA)

  • Dirigida a mujeres y hombres desde los 50 años.
  • Pueden acceder a esta jubilación quienes llevan al menos 12 meses continuos como desempleados, correspondientes al mes anterior a la fecha en que presentan la solicitud. Esto debe ser acreditado con un documento de fecha cierta.
  • Si durante el periodo mencionado, se perciben ingresos independientes (cuarta categoría), estos deben ser menores o iguales a 7 unidades impositivas tributarias, siendo necesario sustentarlo con un documento de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

Te invitamos a conocer más detalles sobre este tipo de régimen, aquí.

Como ves, cada tipo de jubilación tiene condiciones especiales para obtenerla, y es porque así las entidades pueden asegurarse de que la pensión que recibas, pueda permitirte un disfrute de tu fondo al dejar la vida laboral.

Para conocer más detalles sobre los requisitos de cada tipo de jubilación, ingresa a nuestra guía de jubilación. También puedes ponerte en contacto con algunos de nuestros asesores en cualquiera de nuestros puntos de contacto.

AFP Habitat