Desde el viernes 3 de mayo de 2019, la Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO) tiene nuevos requisitos y, además, se restableció de forma permanente el Régimen Especial de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA).

Tras el anuncio de esta nueva ley en el Congreso, las condiciones de acceso son las siguientes:

Jubilación Anticipada Ordinaria (JAO)

  • Si eres hombre o mujer a partir de los 50 años, menores de 65 años.
  • Tu fondo debe alcanzar para que tu pensión sea igual o mayor al 40% del promedio de tus remuneraciones percibidas y declaradas durante los últimos 120 meses, anteriores a la fecha de solicitud de jubilación.
  • Debes haber aportado durante al menos 72 meses, de acuerdo a tus remuneraciones o rentas declaradas de los últimos 120 meses anteriores al mes donde solicitaste esta jubilación.

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Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo (REJA)

  • Si eres mujer u hombre a partir de los 50 años. En ambos casos, menores a 65 años.
  • Debes estar desempleado durante 12 meses continuos, correspondientes al mes anterior a la fecha en que presentes la solicitud.
  • Si recibiste ingresos independientes (cuarta categoría) durante los últimos 12 meses, el valor total no debe superar las 7 UIT vigente a la fecha de la solicitud.

¿Cómo se constituirá el capital para mi pensión? (REJA)

  • Tus aportes acumulados más las ganancias generadas por ellos (rentabilidad).
  • Los aportes voluntarios (con o sin fin provisional) que desees mantener más su rentabilidad.
  • El valor efectivo del bono de reconocimiento, si es el caso.  

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